Este 30 de noviembre se cumplirá el segundo aniversario de la ley de dependencia, por la que se pueden beneficiar todas aquellas personas que tengan mermada su autonomía personal debido al envejecimiento progresivo, un accidente grave o discapacidad.
¿Cómo beneficiarse de la misma? Lo primero, residir en España, estar empadronado por lo menos cinco años antes de solicitar acogerse a las prerrogativas de la ley y estar reconocido como dependiente por el órgano evaluador de cada comunidad autónoma.
Para impulsar la ley de dependencia, en abril de 2007 se puso en marcha un paquete de ayudas que ofrece la red sanitaria pública, entre los que destaca: servicios de prevención de las situaciones de dependencia; servicio de teleasistencia; servicio de ayuda a domicilio, entre lo que se incluye: atención de las necesidades del hogar y cuidados personales; también se puede tener acceso a un servicio de centro de día y noche.
Por otra parte, los servicios de Atención Residencial comprenden residencias de personas mayores en situación de dependencia, así como centros de atención a dependientes, en razón de los distintos tipos de discapacidad que se tenga.
En cuanto a las prestaciones económicas que crea la Ley de Dependencia, existen tres tipos: la vinculada al servicio, que se otorgará únicamente cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado; la de asistencia personal, que contribuye a la contratación de una asistencia personal; una dotación para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
Cabe reseñar que el Gobierno Central y las diferentes comunidades autónomas costean en un 50%, respectivamente, la financiación de las diferentes prestaciones económicas y servicios. Asimismo, cada comunidad autónoma aplica de manera distinta estos servicios.